viernes, 11 de septiembre de 2015

Nombramiento, remoción y remuneración de los consejeros

Hay una serie de reglas reemplazables en la Parte 2D.3 de la Ley de Sociedad Anónima que tienen que ver con el nombramiento, remoción y remuneración de los directores de una empresa. El nombramiento de un director es permitida por una resolución ordinaria de accionistas, de conformidad con la sección 201G, o por una mayoría de directores, de conformidad con la sección 201H.

Un director puede ser removido y un sustituto nombrado por una resolución ordinaria de accionistas, de conformidad con el artículo 203C. La retribución de los consejeros y el reembolso de sus gastos relacionados con el negocio de la compañía se puede determinar mediante una resolución ordinaria de accionistas, conforme a la sección 202A. Estas disposiciones son importantes en las empresas privadas estrechamente mantenidos como los directores de estas empresas son en general cualquiera de accionistas o partes relacionadas de los accionistas de la empresa. Aunque una constitución puede establecer disposiciones especiales para el nombramiento, retribución y cese de consejeros, secciones 201G, 201H y 202A se incorporan generalmente en la constitución de empresas privadas.

El poder de los accionistas en la sección 203C de quitar y nombrar a los directores a menudo se sustituye con o complementada por una disposición que le da una potencia similar a la mayoría de los directores. Con el fin de proteger sus intereses contra las decisiones de la mayoría que puede tener consecuencias financieras adversas para ellos, los accionistas minoritarios de las empresas privadas con pocos accionistas podrán negociar una constitución que:

incluye secciones 201G, 201H y 203C, con sujeción a un poder primordial de cada accionista de nombrar y remover a un director como su representante; o
no incluye secciones 201G, 201H y 203C, pero faculta a cada accionista de nombrar y remover a un director para representar a su interés en la compañía.
La representación en el consejo de administración de una empresa privada cerca llevada a cabo es especialmente importante para los accionistas minoritarios, ya que es probable que:

proporcionarles un medio por el cual pueden recibir un retorno de su inversión en la empresa sin tener que depender de la recepción de dividendos (es decir, mediante la recepción de honorarios de directores);
protegerlos contra el riesgo de no recibir ningún retorno de su inversión en la empresa (por ejemplo, si el nivel de remuneración de los directores resultados en estar ahí no hay dividendos);
les permitan ejercer un cierto control sobre la gestión de la empresa.

Incluso si representados en el Consejo no proporciona ningún control sobre la gestión de la empresa o un retorno de la inversión en la empresa, se debe proporcionar un foro en el que un accionista minoritario podría plantear problemas en cuanto a la gestión de la empresa, que les permita acceder a cualquier información relativa a las actividades de la empresa y de esta manera minimizar el riesgo de que se toman las decisiones que puedan tener consecuencias financieras adversas para ellos.

Visite la web del estudio contable de el señor Israel Lublinerman, allí encontrarán los mejores abogados comerciales que lo ayudarán y asesorarán en todo lo que usted necesita para su empresa.

No hay comentarios:

Publicar un comentario